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de moda conforme con le le- para el aseo personal antes de
gisracron aprlcable, en el sentr- la Camus y de otros me, m;
do de que debe respetarse la nutos para el mismo nn antes
mayor Jerarquía normativa oue de abandonar el trabaro, sin
las ¡eyes y reglamentos "ene" que ese tlempo represente
sobre lo: com/emos corectrvos Cosrearguno para er pefsgnaL
Asr, la ernanda slndrcar scs-
tenía que el criado animo 34 Vrpurctro lado, ra estrmación de
del Convenio Colectlvo debía ra demanda podría haber slgnrrr ,
entenderse dentro del marco ¿ado la necesana adopción ge _r-‘
del Rear Decreto 664/1997, de neratlzada (para todos los traba— -
1_2,de rweyor score la proteo jadores de atencron drrecta) de A i
oo" de ¡os rrebalaoores contre todas ycada una de ras rnedrdas
¡oe rresgos relacionados con la preventivas correspondlentes a
exposición a agentes blnlógL ra exposimón a agentes bíc¡óv r. -:.1'rr_ 1;‘. y :.¡ :1, _— rr
cos durante er trabajo De este gm; durante el trabajo, en el p’   l 
modo. se ersumentaba que la sentrdo técnico dera normativa . e 
supuesta obrrgacron empresa sobre Prevención de Riesgos La
rior d? '35 rosrdencras y Centros borales (Rear Decreto 664/1997).
de dra consrstente en hacerse "m, se ¿pam evamack-m arg“,
cargo der lavado de ros unrínr í í na de rresgos de la que resulte
mes de sus trabaladores estaría ¡ ‘r que con cam-mee, genemrkado‘
reco rda ¡rn Iícltamente dentro r l » _
9_ P _ a flnfla” cC_°°_ todos los trabaradores afecta
del emouro 34 del Corrverrro- dos por er presente connrcto se
no logró puta: x ¡ t .
encuen ren expues os a rresgos
Es clerto que se tradtaba del ¡e ) II pluma: tam:  \[por\] agentes blológícos, por lo
vado de unrformes er personal “b” ¡a qu. 5a; m r que, de conformidad con el art.
de atencron dnecta en ras ¡ash í ¡r7 2 d” Ley de EnJ-“¡oamknto
denclas y centros oe drer pero ¡ CwiLante la ralta de talerernento
realmente la demanda ¡oa mu— L._u_.T._. pmbamm, ¡a demanda debe se,
cho más arra. Por un rado,sefor— rechazada", Dm“, de ¿ma (m,
rnuraoan tres rervrndicaciones ma, 599m. la andenes Nacrg.
diferentoï Slrr entrar anora en la engprrosa nar, el sindlcato ccoo. no ha
rn, Que m“ rss empmm, y cuesuonde naturaleza másprm logrado probar er presupuesto
m, ¡(,5 trabajadores‘ (¡manes cesar, de la excepcron de ¡alta sobre el eue rnaora construrdo su
asuman ra respcnsamudad del de aman "en una mple vertrem recrlamaclon. Y es que el clcado
lavadgy descontammación de te", que ¡ue algo de ¡o tarl-lbren artlculo 217.2, sobre ra earga de
su ropa de "¿han se ¡rato en el acto del rurcto, la orueba erl los procedlmlentos
n . pero que rue rechazada por er rudlcrales, airrrna claramente que
“d Dijpgfe’ ¡“ïumbaladmesï trrpunar. ro imponente es que ra "corresponde al rdernandanter la
de I“ e “c?” “¿P?” 9”?” Audrerrcra Naclonal desestrmó, carga de probarla certeza de los
a’ a “Pa e“ 31°” “‘ con contundencra, la reclamo hechos de los que ordrnarrarnen
95'95 q“ "° “MEME” “'55 ción sindicar. De forma resunrr te se desprende, según ras nor
WÏÉ“. E‘ 53"’ de ‘E 1°“ de da, la decrsron de la Audrencra rnas ¡urrdrcasaelros aplrcaores, el
"a 51° Naclonal, según se expresa en efeno jurídico correspondrente
3") Drsponer, dentro de su jor— el fundamento juridlcn cuarto de a las pretensiones de ra demarv
nada laborar, de drez rnrnutos la sentencra, se derivó de que de".
marzo 2018 - Lares v 2!
















































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